IVA DIFERIDO
- Sofia Martin, Customs Agent Spain
- 9 jun 2022
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 6 sept 2022
El IVA diferido a la importación se aplicará a todas las importaciones que se realicen en el año natural, sin distinción ni excepciones. Además, la aplicación del IVA diferido a la importación se prorrogará de forma automática hasta que la empresa manifieste su renuncia al mismo o sea excluida.

¿Qué es el IVA en las importaciones?
El IVA a las importaciones es el impuesto sobre el valor añadido que se aplica sobre los productos procedentes del exterior de la UE, de Canarias, de Ceuta o de Melilla. El impuesto aplicado en las importaciones cuenta con una serie de particularidades, como puede ser su liquidación o el cálculo de la base imponible.
¿Quién puede solicitar el IVA diferido a la importación?
Podrán acogerse los operadores que liquiden el IVA de forma mensual de acuerdo con el artículo 73 del Reglamento sobre el Impuesto del Valor Añadido, es decir, grandes empresas, determinadas entidades y otros supuestos contenidos en la Ley del IVA.
¿Cómo se ejerce la opción por el diferimiento del ingreso de las cuotas IVA en operación de IMPORTACION?
Los sujetos pasivos que hayan optado por el diferimiento del ingreso de las cuotas de IVA de Importación, deberán ejercerlo mediante la presentación de una declaración censal ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria durante el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto. Se entenderá prorrogada para los años siguientes en tanto no se produzca la renuncia a la misma o la exclusión (art. 73 del Reglamento del IVA).
Este régimen, una vez realizada la opción, resulta obligatorio para todas las operaciones de importación realizadas en el año natural, entendiéndose prorrogada para los años siguientes en tanto no se produzca la renuncia a la misma o la exclusión.
¿Cómo se efectuará el ingreso de las cuotas de IVA DE IMPORTACIÓN liquidadas por la administración?
Los operadores con derecho a aplicar el sistema de diferimiento del ingreso deberán consignar las cantidades liquidadas por la Administración en la declaración- liquidación de IVA (modelo 303/ 322) del periodo en que se le notifica la liquidación, en el caso del despacho de importación esta notificación se produce en la fecha del levante (Art. 74.1.a) del Reglamento del IVA).
A modo de ejemplo: las DUAS despachados en febrero, así como las liquidaciones notificadas en el mismo mes, deben incluirse en el modelo 303/322 que debe presentarse entre el 1 y el 20 de marzo.
Para este fin se ha incluido una casilla (casilla 77) en los modelos anteriormente mencionados.
¿Cuándo se pierde el beneficio del IVA diferido?
La Resolución General 5179 establece que el decaimiento sucederá cuando las firmas incumplan con el pago y la presentación de 3 declaraciones juradas mensuales del IVA correspondiente a los últimos 12 períodos fiscales vencidos
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